{"id":60546,"date":"2023-01-06T13:57:34","date_gmt":"2023-01-06T13:57:34","guid":{"rendered":"https:\/\/thelatinpostny.com\/?p=60546"},"modified":"2023-01-06T13:57:34","modified_gmt":"2023-01-06T13:57:34","slug":"la-dulce-trampa-del-voto-preferencial-municipal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/thelatinpostny.com\/?p=60546","title":{"rendered":"La dulce trampa del voto preferencial municipal"},"content":{"rendered":"<p>POR NILO V. DE LA ROSA <\/p>\n<p>Recientemente el Senado de la Rep\u00fablica aprob\u00f3 un proyecto de ley org\u00e1nica sobre el r\u00e9gimen electoral dominicano. De inmediato, la pieza pas\u00f3 a la C\u00e1mara de Diputados causando una oleada de opiniones negativas por parte de m\u00faltiples sectores de la sociedad. Por su parte, la Junta Central Electoral (JCE) public\u00f3 un documento responsable en el cual manifest\u00f3 importantes desacuerdos con el texto aprobado.<\/p>\n<p>Sin menospreciar los dem\u00e1s aspectos observados tanto por la JCE como por otras importantes instituciones del pa\u00eds, me voy a referir \u00fanicamente al asunto del voto preferencial en el nivel municipal. Dicha modalidad electoral implica, al menos te\u00f3ricamente, que el ciudadano pueda elegir de una lista \u201cdesbloqueada\u201d el candidato a regidor o vocal, sin arrastre por parte del candidato a alcalde o director de distrito.<\/p>\n<p>En virtud de la Ley 157-13 del a\u00f1o 2013, el voto preferencial de los regidores y vocales fue aplicado por primera vez en las traum\u00e1ticas elecciones del a\u00f1o 2020. Pero, a ra\u00edz de una interpretaci\u00f3n cuestionable del p\u00e1rrafo I del art\u00edculo 1 de la mencionada ley, la JCE de entonces mantuvo una especie de amarre entre los candidatos a alcaldes y directores, con respecto a los regidores y vocales.<\/p>\n<p>Posteriormente el Tribunal Constitucional emiti\u00f3 la sentencia TC\/0375\/19 del 19 de septiembre del a\u00f1o 2019, que declar\u00f3 inconstitucional el p\u00e1rrafo del art\u00edculo 2 de la Ley 157-13. \u00c9ste dispon\u00eda que los votos marcados en la casilla de los candidatos a diputados se sumaban a cada organizaci\u00f3n y en consecuencia a su candidato a senador, creando arrastre y fulminando el voto preferencial senatorial.<\/p>\n<p>Sin embargo, la JCE no extendi\u00f3 la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n del esp\u00edritu anti-arrastre de esta sentencia al nivel municipal. \u00bfPor qu\u00e9 la JCE mantuvo el llamado amarre entre el alcalde y los regidores? Porque el p\u00e1rrafo I del art\u00edculo de la ley en cuesti\u00f3n dispone que el voto preferencial (en general) se realiza por medio de listas \u201ccerradas\u201d y desbloqueadas.<\/p>\n<p>Tanto en el saboteado voto electr\u00f3nico de febrero como en el voto manual de marzo de 2020, se impuso un mecanismo de arrastre de facto. En el voto electr\u00f3nico, por ejemplo, si el votante quer\u00eda elegir al regidor Z del partido X, pod\u00eda visualizarlo si y s\u00f3lo si votaba por el alcalde del partido X. Creando as\u00ed confusi\u00f3n entre candidatos y votantes que cre\u00edan que el arrastre hab\u00eda sido eliminado.<\/p>\n<p>Para agravar, la sentencia declar\u00f3 conforme a la constituci\u00f3n el art\u00edculo 4 de la Ley 157-13. Este art\u00edculo impone el m\u00e9todo D\u2019Hondt para la asignaci\u00f3n de esca\u00f1os. Este m\u00e9todo, re\u00f1ido con el art\u00edculo 209 numeral 2 de la Carta Magna, implica que un candidato a regidor o diputado muy votado no necesariamente salga electo, versus uno poco votado que s\u00ed, porque el voto a fin de cuentas es para del partido.<\/p>\n<p>El resultado no pudo haber sido otro. Una canibalesca competencia en la que en un juego de muerte s\u00fabita y de todos contra todos, los candidatos compitieron con todas las artes posibles no s\u00f3lo contra los candidatos de otros partidos y coaliciones, sino contra los propios tambi\u00e9n. Consecuencia: Aumento astron\u00f3mico del gasto y candidatos a alcaldes indeseables que lastraban regidores deseables.<\/p>\n<p>Este ensayo fallido de voto preferencial tampoco hizo realidad su m\u00e1s pregonada bondad: Regidores y vocales de mayor calidad y m\u00e1s conectados con la ciudadan\u00eda. Para muestra s\u00f3lo hay que observar el t\u00e9trico panorama del Concejo de Regidores del Distrito Nacional. \u00c9ste se caracteriza, mayoritariamente, por su mediocridad intelectual y su vinculaci\u00f3n casi nula con los habitantes de la capital dominicana.<\/p>\n<p>Desafortunadamente, el proyecto de ley aprobado por el Senado de la Rep\u00fablica mantiene intacto el esquema del a\u00f1o 2020. En su art\u00edculo 280 dispone que se utilizar\u00e1 el sistema establecido en la Ley 157-13, que establece el voto preferencial para la elecci\u00f3n de diputados, regidores y vocales. La C\u00e1mara de Diputados est\u00e1 llamada a corregir esta situaci\u00f3n o dejar que la ley cambie para que todo siga igual.<\/p>\n<p>Para que el voto preferencial municipal no sea una pantomima nuevamente, es necesario lo siguiente: 1) Que sea implementado el voto electr\u00f3nico; 2) Que las circunscripciones electorales sean divididas en zonas por cada regidor, de forma tal que el candidato s\u00f3lo compita en su zona y; 3) Adoptar un sistema de asignaci\u00f3n de esca\u00f1os m\u00e1s justo y distinto al m\u00e9todo D\u2019Hondt.<\/p>\n<p>Las municipales del a\u00f1o 2020 se convirtieron en un laberinto dantesco en el que todo lo que era, no era. Y en el que todo lo que no deb\u00eda ser, fue. De continuar la dulce trampa del voto preferencial al estilo del a\u00f1o 2020, lo mejor es volver al antiguo m\u00e9todo de arrastre con listas cerradas y bloqueadas que no sale tan costoso y complicado para los candidatos, los partidos, los votantes, la JCE y la Rep\u00fablica.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>POR NILO V. DE LA ROSA Recientemente el Senado de la Rep\u00fablica aprob\u00f3 un proyecto de ley org\u00e1nica sobre el r\u00e9gimen electoral dominicano. De inmediato, la pieza pas\u00f3 a la C\u00e1mara de Diputados causando una oleada de opiniones negativas por parte de m\u00faltiples sectores de la sociedad. 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