El periodismo humano contemporáneo enfrenta un desafío cada vez más incisivo ante el avance del periodismo algorítmico, debido a las tensiones que este último genera con los principios deontológicos de la profesión. Esta confrontación abre el camino hacia una nueva etapa epistemológica y académica de las ciencias de la comunicación social.
El periodismo humano se esfuerza por preservar la transparencia, la soberanía informativa y el pensamiento crítico, en busca de recuperar la credibilidad y la confianza pública en los medios de comunicación, debilitadas por los excesos y las prácticas cuestionables amparadas en el uso de la inteligencia artificial (IA).
Aunque la IA aporta ventajas técnicas indiscutibles, como la automatización de transcripciones y el análisis de grandes volúmenes de datos, la centralización de los modelos tecnológicos amenaza uno de los pilares de la democracia: la existencia de una prensa diversa, plural y conectada con la realidad social.
La inteligencia artificial plantea una dualidad y, al mismo tiempo, un dilema ético. Lo adecuado es que opere como una herramienta de apoyo técnico, mientras que las decisiones editoriales definitivas y la sensibilidad humana permanezcan bajo la responsabilidad del periodista. Asimismo, transforma el periodismo de investigación cuando funciona como un recurso eficaz para fortalecer el trabajo de campo, agilizar los procesos y profundizar el análisis crítico.
Ante el «tsunami» informativo, caracterizado por el exceso de noticias, el ruido y la desinformación, resulta urgente recurrir a la curaduría periodística, separando el trigo de la paja y priorizando los enfoques solidarios y comunitarios, libres de sesgos algorítmicos.
En el arte, la literatura, el derecho y otras disciplinas, la curaduría consiste en investigar, filtrar, jerarquizar y preservar contenidos o bienes para su exposición pública. En el ámbito digital implica verificar, contextualizar y organizar grandes volúmenes de datos, aportándoles valor informativo, utilidad social y una perspectiva sustentada en la sensibilidad y la autenticidad.
A continuación, expondré y clasificaré en siete categorías, que denominaré las 7D, las principales vulneraciones legales y éticas, así como las formas de contrarrestarlas.
1. Tergiversación y manipulación (deepfakes)
La manipulación y los sesgos informativos constituyen uno de los principales desafíos éticos de la era digital. En este escenario, la inteligencia artificial generativa desempeña un papel fundamental, debido a que carece de comprensión contextual y criterio moral propios, lo que puede desestabilizar el ejercicio periodístico.
Textos, audios, videos e imágenes falsos, elaborados con un alto grado de realismo, son diseñados para engañar a las audiencias o cometer fraudes, incluida la suplantación de identidad. Estas prácticas han irrumpido en el escenario internacional, con efectos en numerosos procesos electorales y pérdidas económicas de gran magnitud.
La tergiversación y la manipulación informativa, promovidas por actores políticos o mercenarios digitales mediante rostros, voces y noticias inventadas, tienen tres fuentes principales: 1) la manipulación deliberada por parte de seres humanos; 2) el extractivismo de datos, consistente en la recopilación y monetización indebida de información por parte de compañías tecnológicas; y 3) las propias vulnerabilidades y distorsiones derivadas del funcionamiento de la tecnología.
¿Qué se puede hacer para contenerlas?
Las regulaciones legislativas constituyen uno de los principales mecanismos de contención, como lo demuestran las medidas adoptadas en distintas naciones.
La Ley de Inteligencia Artificial de la Unión Europea, vigente desde el 1 de agosto de 2024, prohíbe determinadas prácticas de manipulación del comportamiento humano y contempla sanciones de hasta 35 millones de euros por infracciones graves, dependiendo de la conducta y de las disposiciones aplicables.
En Estados Unidos, la Ley Take It Down, aprobada el 19 de mayo de 2025, establece mecanismos para combatir la publicación no consentida de imágenes íntimas, incluidas aquellas generadas mediante inteligencia artificial. Sus disposiciones contemplan sanciones y medidas de protección para las víctimas.
2. Encubrimiento y exclusión algorítmica
Con el propósito de jerarquizar, de manera opaca, determinadas estrategias comerciales o gubernamentales, algunas plataformas digitales pueden ocultar, excluir o invisibilizar noticias, entidades y personas. Esto ocurre mediante algoritmos complejos que, en ocasiones, favorecen prácticas perjudiciales, generan adicciones y afectan la salud mental de niños y adolescentes.
Sin garantizar el denominado «derecho a la explicación» ni ofrecer aclaraciones suficientes a los usuarios, los algoritmos entrenados con modelos de lenguaje pueden reproducir y perpetuar prejuicios históricos relacionados con el origen, el género, la edad, la raza, la condición socioeconómica y las discapacidades de las personas.
Estos sesgos pueden influir negativamente en decisiones sobre contrataciones, prestación de servicios y concesión de créditos, con consecuencias que vulneran derechos y limitan oportunidades.
Para identificar, bloquear o reducir la circulación de mensajes falsos se requiere una actitud crítica, acompañada de herramientas de verificación visual y auditiva. También es necesario recurrir a plataformas especializadas de fact-checking(verificación de datos), así como examinar cuidadosamente las fuentes, los perfiles y los contextos en que se difunden los contenidos.
¿Cómo reducir los perjuicios ocasionados por las corporaciones tecnológicas?
Las recientes disposiciones legales buscan fortalecer la protección de los usuarios y establecer responsabilidades para las grandes plataformas digitales.
En Estados Unidos, fiscales, gobiernos locales y ciudadanos han obtenido avances en procesos judiciales contra gigantes tecnológicos como Meta (Facebook e Instagram), TikTok, YouTube y Snapchat.
En México, según los señalamientos citados en este análisis, un tribunal impuso a Meta una sanción de 375 millones de dólares por presuntas violaciones a las normas de protección al consumidor y por ocultar información relacionada con deficiencias y riesgos de sus plataformas, particularmente en lo referente a la explotación sexual infantil.
3. Infracción de la privacidad y espionaje
Los códigos de ética periodística establecen el respeto a la privacidad como un derecho humano fundamental. Sin embargo, en sentido contrario, la comunicación digital y su vertiente más avanzada, la inteligencia artificial, pueden propiciar la difusión indiscriminada de informaciones privadas de ciudadanos de todas las condiciones sociales.
La intromisión en asuntos particulares solo encuentra justificación cuando existe un interés público legítimo, como en las denuncias de corrupción, las calamidades, los delitos que afectan a la sociedad o los acontecimientos de especial relevancia colectiva.
Diariamente, algunos medios digitales publican contenidos sobre la vida personal de los ciudadanos, incluso aquellos generados o procesados mediante inteligencia artificial, sin tomar en consideración principios éticos irrenunciables, como la protección del anonimato, el respeto al secreto profesional, la libertad de expresión, la dignidad humana y el dolor ajeno. En ocasiones, estas prácticas responden exclusivamente a intereses comerciales y al afán de obtener beneficios económicos.
En contraste con los principios deontológicos, prácticas como el sensacionalismo, los rumores, la obtención de información mediante hackeos o filtraciones ilegales, el espionaje informático y las grabaciones ocultas o telefónicas menoscaban la credibilidad de los medios y la confianza social. Entre estas herramientas de vigilancia figura el conocido programa informático Pegasus.
¿Cómo afrontar la desprotección?
Las instancias judiciales deben continuar estableciendo precedentes contra las compañías que desarrollan o implementan algoritmos capaces de vulnerar los derechos de los usuarios. Asimismo, deben exigir a las corporaciones tecnológicas la adopción de controles de edad más estrictos y sistemas permanentes de supervisión y protección.
En agosto de 2026, el Departamento de Justicia de Estados Unidos impuso una multa y estableció un acuerdo por 400 millones de dólares con TikTok, por presuntas violaciones de la Ley de Protección de la Privacidad Infantil en Internet, al permitir que menores de 13 años crearan cuentas sin el consentimiento de sus padres.
Asimismo, cientos de familias y distritos escolares estadounidenses han llevado ante los tribunales a Meta, TikTok, YouTube y Snapchat, al considerar que algunas de sus herramientas y mecanismos de funcionamiento, como el desplazamiento infinito (scroll infinito) y las notificaciones constantes, pueden contribuir a generar ansiedad, depresión, autolesiones e incluso suicidios entre niños y adolescentes.
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